La conciliación en contrataciones con el Estado es un mecanismo de solución de determinadas controversias surgidas en el ámbito de la contratación pública. A diferencia de las materias civiles ordinarias, su procedencia y alcance se encuentran sujetos a las reglas especiales de la legislación peruana de contrataciones públicas. La propia Ley de Conciliación remite estas controversias a la ley de la materia.
Dentro de este ámbito pueden existir controversias relacionadas con aspectos como la resolución contractual, ampliación del plazo, recepción y conformidad, valorizaciones o metrados, liquidación, pagos y otras materias que la normativa de contratación pública permita someter a conciliación. La conciliabilidad debe determinarse según la controversia concreta y el régimen jurídico aplicable al contrato.
En esta sección podrás conocer las materias conciliables en contrataciones con el Estado, su alcance y los requisitos aplicables a cada una, de acuerdo con la normativa peruana correspondiente.
Antes de admitir una solicitud, el Centro de Conciliación Extrajudicial Progreso revisa la descripción del conflicto y las pretensiones formuladas para determinar si corresponden a derechos disponibles y si pueden ser tramitadas mediante conciliación extrajudicial.
La admisión de cada caso por el Centro de Conciliación Extrajudicial Progreso depende de su naturaleza, de las pretensiones planteadas, de la identificación de las partes y del cumplimiento de los requisitos establecidos por la legislación peruana.
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